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Es falso que un niño que emprende está siendo sometido a maltrato o explotación infantil

Problema:
Muchos papas nos han escrito preocupados porque ellos quieren que sus hijos emprendan pero tienen miedo de que los acusen con el bienestar familiar por estar sometiendo a sus hijos a trabajo infantil, lo cual es falso.
Es necesario un proceso educativo al respecto, no todas las actividades se pueden considerar trabajo infantil y mucho menos las asociadas al proceso de formación constituido en el marco de un programa como libertarios, por eso en esta nota argumentaremos porque no puede considerarse trabajo infantil que su hijo emprenda, teniendo en cuenta todos los organismos internacionales, ademas vamos a resolver la inquietud de cuales realmente son las actividades que se consideran como trabajo infantil que deben ser eliminadas y las peores formas de trabajo infantil,
Argumento 1: Según la OIT no todas las tareas que realizan los niños se pueden considerar trabajo infantil que deben erradicarse.
No todas las tareas realizadas por los niños deben clasificarse como trabajo infantil que se ha de eliminar. Por lo general, la participación de los niños o los adolescentes en trabajos que no atentan contra su salud y su desarrollo personal ni interfieren con su escolarización se considera positiva. Entre otras actividades, cabe citar la ayuda que prestan a sus padres en el hogar, la colaboración en un negocio familiar o las tareas que realizan fuera del horario escolar o durante las vacaciones para ganar dinero de bolsillo. Este tipo de actividades son provechosas para el desarrollo de los pequeños y el bienestar de la familia; les proporcionan calificaciones y experiencia, y les ayuda a prepararse para ser miembros productivos de la sociedad en la edad adulta.
http://www.ilo.org/ipec/facts/lang–es/index.htm
Argumento 1.1: Hay actividades que si se deben considerar trabajo infantil y que es importante que se eliminen.
El término “trabajo infantil” suele definirse como todo trabajo que priva a los niños de su niñez, su potencial y su dignidad, y que es perjudicial para su desarrollo físico y psicológico.
Así pues, se alude al trabajo que:

  • Es peligroso y prejudicial para el bienestar físico, mental o moral del niño;
  • Interfiere con su escolarización puesto que:
  • Les priva de la posibilidad de asistir a clases;
  • Les obliga a abandonar la escuela de forma prematura, o
  • Les exige combinar el estudio con un trabajo pesado y que insume mucho tiempo.

Argumento 1.1.1: Existen varias formar de trabajo infantil que hay que erradicar
En las formas más extremas de trabajo infantil, los niños son sometidos a situaciones de esclavitud, separados de su familia, expuestos a graves peligros y enfermedades y/o abandonados a su suerte en la calle de grandes ciudades (con frecuencia a una edad muy temprana). Cuándo calificar o no de “trabajo infantil” a una actividad específica dependerá de la edad del niño o la niña, el tipo de trabajo en cuestión y la cantidad de horas que le dedica, las condiciones en que lo realiza, y los objetivos que persigue cada país. La respuesta varía de un país a otro y entre uno y otro sector. .
Argumento 1.1.2: Las peores formas de trabajo infantil que se deben eliminar.
Aunque el trabajo infantil adopta muchas formas diferentes, una prioridad es la eliminación inmediata de sus peores formas de trabajo infantil según la definición del Artículo 3 del Convenio núm. 182 de la OIT:
a) todas las formas de esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, como la venta y la trata de niños, la servidumbre por deudas y la condición de siervo, y el trabajo forzoso u obligatorio, incluido el reclutamiento forzoso u obligatorio de niños para utilizarlos en conflictos armados;
b) la utilización, el reclutamiento o la oferta de niños para la prostitución, la producción de pornografía o actuaciones pornográficas;
c) la utilización, el reclutamiento o la oferta de niños para la realización de actividades ilícitas, en particular la producción y el tráfico de estupefacientes, tal como se definen en los tratados internacionales pertinentes, y;
d) el trabajo que, por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo, es probable que dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los niños.
El trabajo que pone en peligro el desarrollo, físico, mental o moral del niño, sea par su naturaleza o por las condiciones en las que se efectúa, es denominado “trabajo peligroso”.
Argumento 2 Trabajo infantil no es emprendimiento
Según la Lic. Angélica Meza: Egresada de la Facultad de Derecho de la UNAM. Experiencia en litigio civil, mercantil y familiar, experta en argumentación jurídica y derechos de Infancia, especialmente maltrato infantil, que estuvo como ponente en el en el año 2016 en el 2o Congreso Internacional BusinessKids donde niños y niñas desarrollaron proyectos, mientras sus padres aprendían herramientas para apoyar su emprendimiento. Presento algunos aportes para identificar las diferencias entre trabajo infantil, maltrato y emprendimiento infantil.
Argumento 2.1 Es falso que emprender es igual a trabajo infantil
Porque no hay una relación laboral ni de subordinación
No tiene relación con la violación de derechos, sino al contrario, es una forma de hacerlos valer, como el derecho a la educación de una forma ampliada, al juego o la participación infantil.
Se desarrollan habilidades y competencias que no se encuentran dentro del mapa curricular de ninguna escuela, como: el desarrollo de un modelo de negocio, desarrollo de producto, costos de producción, línea de producción, marketing, gastos, crédito, networking, relaciones públicas, el branding de una marca, el desarrollo de una marca, el impulso por las ventas.
En el caso de las chicas, se otorga posibilidades más allá de las tradicionales como puede ser la belleza, el matrimonio o la maternidad. Las mujeres no estamos reducidas a cuestiones domésticas.
Aprenden a ser productivos, negociar, correr riesgos, aceptar las consecuencias y lo más importante que el dinero se gana con trabajo y esfuerzo a partir de la creatividad.
https://angelicameza.com/2016/11/03/diferencias-entre-trabajo-infantil-maltrato-y-emprendimiento/
Argumento 2.2: Enseñarle a emprender a un niño no es un tipo de maltrato
¿Qué es el maltrato infantil?
El maltrato infantil son las acciones no accidentales ocasionados a un menor por persona o institución que se supone debe brindar cuidado. Los tipos de maltrato son físico, negligencia, psicológico y/o abuso sexual.
La negligencia es una falta de responsabilidad parental en el cumplimiento de las necesidades de supervivencia de un menor, comprende una vigilancia deficiente, descuido, privación de alimentos, incumplimiento de tratamiento médico, impedimento a la educación, entre otras.
El maltrato infantil no depende de factores económicos, sociales o culturales. Factores como falta de experiencia en el cuidado del niño, ignorancia de sus necesidades evolutivas, disarmonía familiar, padres con poca tolerancia al estrés, falta de capacidad empática y/o falta de soporte familiar facilitan la aparición de casos de maltrato y abandono infantil.
Muchos de los padres y madres que maltratan a sus hijos no son conscientes de lo que hacen. La intencionalidad no es un requisito necesario para considerar el maltrato. En numerosas ocasiones el maltrato deriva de la inexperiencia, incompetencia, ignorancia, prejuicios e/o ideas erróneas de los padres.
Argumento 2.1.1 hay muchas diferencias entre maltrato infantil emprendimiento infantil y trabajo infantil

Argumento 3 Es legal en Colombia enseñarles emprendimiento a los niños
Argumento 3.1 La ley 1014 plantea en su capítulo 3 el fomento de la cultura del emprendimiento:
Contribuir al mejoramiento de las capacidades, habilidades y destrezas en las personas, que les permitan emprender iniciativas para la generación de ingresos por cuenta propia.
Argumento 3.1.1: En el artículo número 13 de la misma ley plantea:
Artículo 13. Enseñanza obligatoria. En todos los establecimientos oficiales o privados que ofrezcan educación formal es obligatorio en los niveles de la educación preescolar, educación básica, educación básica primaria, educación básica secundaria, y la educación media, cumplir con:
Diseñar y divulgar módulos específicos sobre temas empresariales denominados «Cátedra Empresarial» que constituyan un soporte fundamental de los programas educativos de la enseñanza preescolar, educación básica. educación básica primaria, educación básica secundaria, y la educación media, con el fin de capacitar al estudiante en el desarrollo de capacidades emprendedoras para generar empresas con una visión clara de su entorno que le permita asumir retos y responsabilidades
Argumento 4: La enseñanza del emprendimiento es más favorable en edades tempranas
El desarrollo de actitudes se forma de los 0 a los 7 años así que si queremos niños emprendedores debemos desarrollar las actitudes asociadas al emprendimiento, como las siguientes:
Habilidades generales: Cuidar, conocer, comprender, valorar, motivar, enseñar, regular, dirigir, interactuar, comunicar y retroalimentar (a sí mismo, a otras personas y/o a grupos de personas).
Habilidades sociales básicas: Sonreír; reír; saludar; escuchar; prestar atención; iniciar, mantener y finalizar una conversación; formular una pregunta; pedir un favor; dar las gracias; presentarse; presentar a otras personas; pedir ayuda; pedir permiso.
Habilidades sociales intermedias: Hacer un cumplido; trabajar en grupo y en equipo; dar y seguir instrucciones; disculparse; convencer a los demás; compartir algo; cooperar; ayudar a los demás; expresar un desacuerdo, queja o incomodidad; hacer una broma; reconocer la autoridad; señalar un error; iniciar y mantener una relación; evitar una confrontación o pelea; aceptar un cumplido; aceptar o rechazar compañía; responder a una interrupción
Habilidades sociales avanzadas:
Expresar emociones (ira, tristeza, miedo y alegría) de forma asertiva; reconocer las emociones de otros; regular las propias emociones; regular las emociones de otros; autocriticarse; criticar a otros; autorrecompensarse; recompensar a otros; realizar acuerdos; defender la propia opinión; defender los derechos propios; responder a un desacuerdo queja o incomodidad; responder a las acusaciones, críticas y bromas; reconocer un error; finalizar una relación; acatar la autoridad.
Habilidades sociales superiores: Afrontar una situación incómoda o vergonzosa; reconocer la derrota; expresar júbilo por el triunfo; afrontar una pérdida o un fracaso, responder a la persuasión; enfrentarse a un mensaje contradictorio; defender a otra persona; afrontar una conversación difícil; hacer frente a la presión social; rehusar peticiones inapropiadas; admitir ignorancia; establecer metas y objetivos; discernir sobre la causa de un problema; recoger información para tomar decisiones; resolver problemas según su importancia; buscar soluciones; anticipar consecuencias; cuestionar la autoridad cuando ésta no procede correctamente.
Conclusiones
Conclusión 1
Es preocupante que a pesar de ser una ley los colegios no enseñen emprendimiento porque están más enfocado en los resultados en el icfes que en el desarrollo para habilidades en la vida real.
Es falso que enseñarle a emprender a un niño es explotación infantil
Es falso que enseñarle a emprender a un niño es maltrato infantil
Es falso que está en contra de la ley enseñarle a emprender a un niño
Esto nos permite demostrar que los padres de familia que están preocupados por enseñarles a sus hijos emprendimiento están desarrollando una de las habilidades más importantes que un niño pueda aprender y que no hay nada de que temer porque la evidencia empírica y las leyes respaldan a todos los padres que están inquietos por una educación diferentes para sus hijos
Autor
Michael Sandoval
Director Libertarios
Psicopedagógo de la Universidad Pedagógica Nacional de Colombia
Especialista en Psicología Educativa De la Universidad Católica de Colombia
Ganador de 4 premios de emprendimiento en Colombia

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